¿Qué sigue una vez la superintendencia acepte la liquidación voluntaria de Compensar?

Una vez se acepta el retiro o liquidación voluntaria, la Superintendencia Nacional de Salud ordenará a la EPS objeto de la medida, la entrega inmediata de las bases de datos tanto a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES y al Ministerio de Salud y Protección Social, la cual deberá contener la información de los afiliados y sus grupos familiares, que se requieran para realizar el proceso de asignación, en la estructura definida por la ADRES.
Para adelantar el procedimiento de asignación de afiliados, al día hábil siguiente a la notificación del acto administrativo correspondiente, la Superintendencia Nacional de Salud remitirá al Ministerio de Salud y Protección Social, la relación de las EPS receptoras y que se encuentren autorizadas para operar en el municipio, distrito, departamento o área geográfica de gestión en salud donde operaba la entidad.
El Ministerio de Salud y Protección Social y la ADRES con base en la información que reporte la Superintendencia Nacional de Salud, realizarán la asignación y determinarán el número y la distribución de los afiliados a asignar por EPS receptora.
La asignación de afiliados se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que la Superintendencia Nacional de Salud remita al Ministerio de Salud y Protección Social la relación de las EPS receptoras y se hará efectiva a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha en que el Ministerio de Salud y Protección Social informe a las EPS receptoras los afiliados que le fueron asignados.
Tratándose de liquidaciones no ordenadas por la SNS, la competencia de esta se restringe, exclusivamente, a: "realizar seguimiento y monitoreo sobre los recursos del sector salud y sobre el cumplimento de los derechos de los afiliados y usuarios de los sujetos a inspección, vigilancia y control por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, que se encuentren en proceso de liquidación no ordenados por la Superintendencia".